EL LIBRO DE LOS MÉDIUMS

Allan Kardec

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277. En resumen, de lo que acabamos de decir resulta: que la facultad de evocar a cualquier Espíritu no implica para el Espíritu la obligación de estar a nuestras órdenes; que él pueda venir en un momento y no en otro, con tal médium o tal evocador que le plazca y no con tal otro; decir lo que él quiere sin que se le pueda obligar a decir lo que él no quiera, marcharse cuando le convenga; en fin, que por causas dependientes o no de su voluntad, después de haberse manifestado asiduo durante algún tiempo, de repente puede dejar de venir.

Por todos estos motivos, cuando uno quiere llamar un Espíritu nuevo, es necesario preguntar a su guía protector si la evocación es posible; en el caso de que no lo sea, generalmente da los motivos y entonces es inútil insistir.